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¿Qué funciones desarrolla el farmacéutico de salud pública?

La Salud Pública es un bien social, patrimonio de la sociedad, y debe ser garantizada desde la administración con la participación de todos aquellos profesionales que se acrediten con capacidad técnica para dar respuestas tanto a los problemas actuales como a los futuros, entre los cuales, se encuentran los farmacéuticos.

Dentro del perfil de competencias al que capacita la titulación en farmacia, los farmacéuticos pueden desarrollar funciones o actividades en materia de seguridad alimentaria, salud laboral, promoción de la salud y prevención de la enfermedad, especialmente en el campo de la sanidad ambiental, y colaborar en las actividades de los distintos niveles de atención farmacéutica. No obstante, aquellas funciones que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, sólo pueden ser desempeñadas por personal farmacéutico, tales como la custodia y control de medicamentos.

El Farmacéutico de Salud Pública (FSP) gestiona el conjunto de problemas o riesgos relacionados con la salud de las personas, o que puedan tener, repercusiones en la salud de la población. Entre sus actividades destacan:

1) Generales: Actividades de formación, docencia e investigación. Así como, colaborar y asesorar en cualquier otra actividad relacionada con Salud Pública.

2) En materia de atención farmacéutica integral y control de medicamentos utilizados en salud pública (vacunas….)

3) Higiene alimentaria

  • 3.1. Control oficial de los productos alimenticios de su competencia, que son todos los de origen vegetal (Inspección sanitaria y Auditorías basadas en sistemas de APPCC)
  • 3.2.  Desarrollo de programas de Seguridad Alimentaria.
  • 3.3.  Operaciones de Control para Autorizaciones Sanitarias.
  • 3.4.  Asesoramiento a las entidades locales.
  • 3.5.  Participación en programas de Salud  y en Educación Sanitaria.
  • 3.6. Emitir informes para calificación de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
  • 3.7. Emitir Certificados de Exportación.

4) Sanidad ambiental

  • 4.1. Control y vigilancia de aguas de consumo humano que incluye captación, almacenamiento, tratamiento y distribución de la misma.
  • 4.2. Vigilancia de las fuentes públicas que no manan de la red de distribución.
  • 4.3. Informes para Licencias Medioambientales.
  • 4.4. Vigilancia y control de establecimientos y actividades acuáticas, actividades de esparcimiento y ocio (piscinas, etc.).
  • 4.5. Programa de Temperaturas extremas: impacto de las temperaturas extremas sobre la salud (protocolo de actuación en alertas).
  • 4.6. Campings (control de instalaciones e informes para licencias de apertura).
  • 4.7. Control y vigilancia de instalaciones de riesgo de Legionelosis.
  • 4.8. Informes para Estudios de Impacto Ambiental.
  • 4.9. Vigilancia sanitaria de la población, con especial referencia a la infancia, a la exposición de productos químicos peligrosos y biocidas

5) Salud ambiental y laboral: Participación en el Programa de Vigilancia Sanitaria de los Biocidas (plaguicidas).

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