Las modificaciones fiscales como el IRPF o el modelo 184 “Entidades en atribución de rentas (Comunidad de Bienes)”, y la nueva ley de reformas del trabajo autónomo, entre otros temas, centraron los contenidos de la charla.

El pasado 28 de noviembre la sede colegial de Valencia acogió la charla informativa sobre modificaciones fiscales y laborales previstas para 2018 a cargo de, por un lado, Juan Antonio Vayá, abogado y asesor fiscal del MICOF y, por el otro, de Amparo Sanchis, asesora laboral del colegio. A la jornada también se unió Alberto Ara, vicesecretario general de ATA, la Asociación de Trabajadores Autónomos y Juventino Jiménez, vicepresidente del MICOF.

Vayá informó a los colegiados sobre las modificaciones fiscales más importantes: IRPF y propuesta de Orden Ministerial, que modificará los plazos para efectuar las declaraciones informativas, Modelo 347 “Operaciones con terceros” y modelo 184 “Entidades en atribución de rentas (Comunidad de Bienes)”, y Amparo Sanchis trató las modificaciones laborales previstas para el próximo año para lo que se centró en la nueva ley de reformas del trabajo autónomo.

Más concretamente, Juan Antonio Vayá, en relación con la declaración del modelo 184, cuyo plazo de presentación será durante el próximo mes de enero de 2018, insistió en la necesidad de acelerar al máximo la aportación de los datos contables a sus asesores fiscales para presentar en plazo dicha declaración. También comentó que, dado el retraso en recibir los datos de los ingresos del mes de diciembre, que llegan la última semana de diciembre, es muy conveniente hacer las gestiones oportunas para evitar posibles sanciones por la presentación de declaraciones rectificativas del modelo 184 en el mes de febrero.

En cuanto a la próxima declaración del IRPF, Vayá recordó que se producirá, al igual que en 2017, un aumento considerable en la escala autonómica en rentas medias y altas, lo que a su juicio alcanzará de lleno a la mayoría de las oficinas de farmacia. También hizo referencia a la modificación de la regla 5ª del artículo 30.2 de la Ley 35/2006 del IRPF, que puede afectar a los farmacéuticos que, sin tener oficina de farmacia, ejerzan una actividad económica profesional en su vivienda habitual. La modificación consiste en permitir deducir en estos casos como gasto de la actividad el 30% de los suministros (luz, agua, gas, calefacción, teléfono, internet, etc.) en función de la proporción entre los metros totales de superficie de la vivienda y los destinados a la actividad económica. Igualmente, se admiten los gastos de manutención en el incurra el autónomo siempre que esté correlacionado con su actividad.

Por su parte, Amparo Sanchis, hizo un repaso de las medidas para facilitar la cotización a la seguridad social y para reducir cargas administrativas de los trabajadores autónomos, tras las reformas urgentes del Trabajo Autónomo que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2018. También habló de las medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo, como la aplicación durante los 12 primeros meses de una tarifa plana de 50 euros en la cotización por contingencias comunes para nuevos autónomos, y reducciones en la cuota durante los 24 meses siguientes y de 36 meses para nuevos autónomos menores de 30 años o de 35 en caso de las mujeres. También se beneficiarán de reducciones en la cuota las víctimas de violencia de género, actos terroristas o personas con discapacidad.

Sanchis explicó las distintas medidas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral de los trabajadores autónomos, sobre todo en casos de cuidado de menores de 12 años, cuidado de familiares dependientes o discapacitados intelectuales o físicos y sensoriales, así como las bonificaciones del 100% en las cuotas de la Seguridad Social para trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, tenga el autónomo trabajadores a su cargo o no, siempre que la suspensión dure al menos un mes.

También se habló en la charla sobre las medidas para clarificar la fiscalidad de los trabajadores autónomos, aquellas destinadas a mejorar su cotización o su formación profesional para el empleo, además de los supuestos de accidente in itinere del trabajador autónomo, muy cercanos a los de los trabajadores por cuenta ajena.

Finalmente, también se habló de que aquellos autónomos que contraten o incorporen como colaboradores a sus familiares también recibirán una bonificación de la cuota empresarial por contingencias comunes. Otra medida destacada tras la aplicación de la nueva ley de autónomos es la compatibilidad de la realización de trabajos por cuenta propia con la percepción de una pensión de jubilación contributiva.

 

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