El DOGV ha publicado la resolución por la que se dan instrucciones para la venta directa a profesionales sanitarios que ejercen en centros sanitarios privados

FUENTE: Correo Farmacéutico

 

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publicó la semana pasada la resolución de 12 de julio de 2018, de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, por la que se dan instrucciones para la venta directa a profesionales sanitarios que ejercen en centros sanitarios autorizados de medicamentos de uso humano.

En concreto, dicha norma hace alusión a la adquisición de medicamentos sujetos a prescripción, de manera que “la venta de medicamentos a profesionales sanitarios para el ejercicio de su actividad profesional privada se realizará directamente por las oficinas de farmacia sólo en aquellos casos en que el centro sanitario autorizado en el que ejerce dicho profesional no disponga de servicio de farmacia o de depósito de medicamentos autorizados”.

A su vez, contempla la adquisición de medicamentos especiales, para lo cual ”los centros o servicios sanitarios, incluso los centros sanitarios móviles (vehículos destinados a transporte sanitario terrestre dotados de personal sanitario) deberán contar con la autorización de un depósito de medicamentos”.

En este sentido, la resolución contempla también el procedimiento para la autorización de éste, estableciendo la obligatoriedad de que el profesional formule una declaración responsable con un modelo normalizado; se especifica que el almacén deberá contar con una superficie determinada, con un control de los fármacos.

Farmacias abiertas y de urgencia más cercanas