La Sociedad Española de Epidemiología critica que el reglamento que debía establecer límites alimentarios en las máquinas expendedoras todavía no se ha desarrollado.

FUENTE: La Razón

La obesidad ha alcanzado proporciones epidémicas en España, el exceso de peso afecta a un tercio de los niños y dos tercios de las personas adultas causando muertes prematuras, enfermedades cardiovasculares, varios tipos de cáncer, diabetes, insuficiencia renal, problemas osteomusculares y enfermedades del sueño. En términos económicos, el 2% del presupuesto del Sistema Nacional de Salud (2.000 millones de euros) se dedica a sufragar el sobrecoste del tratamiento del exceso de peso. A ello hay que sumar los costes por incapacidad laboral y por la menor productividad en el trabajo, una cifra que asciende a 2.000 millones de euros más. Los epidemiólogos señalan que si «somos capaces de revertir la epidemia de obesidad, estaríamos ahorrando 3.000 millones de euros anuales a las arcas públicas en 2030». Observando estos datos, no hay duda de la importancia de llevar a cabo una serie de medidas para frenar la obesidad y hacer más sostenible el sistema sanitario español, como la regulación de las máquinas expendedoras, un canal de distribución de alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas en plena expansión.

La Sociedad Española de Epidemiología (SEE) recuerda que, en la Declaración de Viena, los ministros de Sanidad de la Región Europea se comprometieron a impulsar políticas para crear entornos alimentarios saludables en establecimientos escolares, sanitarios y laborales, propuesta que ha sido recogida y ampliada en las estrategias y planes posteriores de la Organización Mundial de la Salud y la Unión Europea.

En España, el Documento de Consenso sobre Alimentación en los Centros Educativos de 2010, sugiere límites nutricionales a los productos de las máquinas expendedoras, pero su carácter es voluntario, sus criterios demasiado laxos y su aplicación escasa. El reglamento que debía establecer esos límites no se ha desarrollado después de siete años de la aprobación de la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Solo la Comunidad Valenciana, Murcia y Navarra han prohibido la venta de alimentos y bebidas no saludables en centros escolares o sanitarios.

La consecuencia de esta escasa regulación ha sido la proliferación de máquinas expendedoras de alimentos y bebidas en centros sanitarios, deportivos, escolares y universitarios, extendiéndose a otros espacios públicos, como estaciones de transporte, parques y establecimientos a pie de calle. Prueba de ello son los 1.000 millones de euros facturados en 2018 por el sector.

Son algunas de las conclusiones del informe realizado por el grupo de trabajo de nutrición de la SEE. En él apuntan que la distribución masiva de alimentos no saludables a través de estas máquinas, su bajo precio y sus estrategias de marketing favorecen el desarrollo de la obesidad. Igualmente, hacen referencia a la amplia disponibilidad de dulces en las máquinas que hay en los colegios, predominan las bebidas edulcoradas, bollería, dulces y aperitivos salados, mientras que las frutas y verduras apenas están presentes.

En su informe, que remitirá ahora a los diferentes responsables políticos y Administraciones Públicas, la SEE recomienda regular las máquinas expendedoras para que su oferta sea 100% saludable en centros educativos, sanitarios y deportivos con financiación pública y al menos un 50% saludable en otro tipo de centros de la administración pública o con financiación pública. En las cafeterías de centros universitarios, sanitarios y deportivos (nunca en los centros escolares de primaria y secundaria) se podrán ofertar productos procesados, cuando cumplan los criterios nutricionales establecidos, se ubiquen en lugares poco visibles y tengan un etiquetado tipo Nutri-Score, un sistema de clasificación frontal, validado científicamente, que asigna una puntuación global a los alimentos, de la A a la E, según su contenido en nutrientes saludables y no saludables.

El objetivo económico quedará supeditado a la posibilidad de ofertar productos saludables a precios asequibles, renunciando a cobrar un canon o subvencionando la actividad si fuese necesario. En las máquinas donde se oferten productos saludables y procesados, el precio de los primeros nunca deberá superar al de los segundos. Los productos procesados cumplirán los criterios nutricionales establecidos y contarán con un etiquetado tipo Nutri-Score. Y se deberá indicar mediante etiquetado informativo sobre los alimentos que pueden ser aptos atendiendo a patologías tales como celiaquía, diabetes y alergias alimentarias.

En Francia, la prohibición en escuelas secundarias se siguió de una reducción del consumo de aperitivos por las mañanas y de la ingesta de azúcares. Japón es el país con mayor tasa de máquinas expendedoras por habitante, lo cual no resulta incompatible con una baja prevalencia de obesidad, porque la oferta de las máquinas es un fiel reflejo de las costumbres alimentarias tradicionales japonesas. Además, las medidas de regulación de las máquinas expendedoras son bien aceptadas por la población, especialmente si se perciben como eficaces, justas y poco intrusivas.

La Sociedad Española de Epidemiología subraya que se trata de una medida de bajo coste para la Administración Pública que ayudará a frenar la epidemia de obesidad en nuestro país y reducirá los costes sanitarios derivados del exceso de peso, contribuyendo a una sociedad más saludable con un sistema sanitario más sostenible.

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