De esta forma, ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional del año 2019, que estimó una demanda de oficio promovida por CCOO.

FUENTE: Diario Médico

El Tribunal Supremo ha anulado el XXV Convenio Estatal de Oficinas de Farmacias, aprobado el 13 de enero de 2017, y ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional del año 2019, que estimó una demanda de oficio promovida por Comisiones Obreras (CCOO) y presentada por la Dirección General de Trabajo, entidad que no publicó el convenio y elevó la pertinente impugnación a la Audiencia Nacional, en base a la falta de representatividad suficiente del sindicato firmante (UGT) para suscribir un convenio de eficacia general.

El citado convenio afecta a 70 mil personas trabajadoras que prestan sus servicios en 17.500 oficinas de farmacia a lo largo del país.

"Desde CCOO saludamos el final de este procedimiento -explica el sindicato en un comunicado-, puesto que ello nos permitirá la negociación de un convenio de eficacia general que mejore las condiciones laborales y salariales de este sector, lamentando que el recurso planteado por la patronal haya propiciado una situación de incertidumbre que se ha prolongado durante casi cuatro años, con los consecuentes perjuicios para las trabajadores".

Los orígenes

Esta batalla judicial surgió, tras la constitución de la Mesa Negociadora (el 4 de julio de 2016) que CCOO impugnó en enero de 2017 ante la Dirección General de Trabajo. Una semana antes el texto había sido suscrito por UGT, FEFE y la Federación Nacional de Oficinas de Farmacia (Fenofar).

El XXV Convenio de Oficinas de Farmacia surgió del bloqueo del XXIV por una falta de acuerdo en la interpretación de las subidas salariales acordadas y nació con un contencioso sobre la representación sindical entre UTF (que ahora está en fase de disolución) y CCOO de un lado y UGT de otro. CCOO y UGT reclamaban tener la mayoría sindical y CCOO se retiró de la mesa.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional lo declaró nulo en marzo de 2019 al estimar una comunicación de oficio emitida por la Dirección General de Trabajo en la que se señala que la representatividad sindical de UGT no es suficiente para firmar un convenio colectivo estatal de eficacia general.

Y ahora qué

La pregunta que ya se hizo en su día CF es la siguiente: ¿el próximo Convenio que se negocie se llamará XXV (dado que éste nunca se aplicó) o XXVI? Según Luis de Palacio, presidente de FEFE, "el XXV Convenio ha existido y partiríamos de ese, por lo que podría llamarse XXV bis. Si nos anulan el XXV (cosa que ha sucedido), habrá que llamarlo XXV”, afirmó. Además, dijo que no le hubiera importado empezar a negociar un nuevo convenio sin esperar el fallo del Supremo, “pero los sindicatos estaban más cómodos esperando el fallo”.

Sin embargo, CCOO señaló a este medio que el recurso presentado por FEFE fue “para dilatar la negociación. De hecho, se constituyó la comisión negociadora y quedó en stand-by a la espera del fallo del Supremo", que se ha conocido hoy.

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