Fuente: COINEM

A la deducción estatal por la inversión en empresas de nueva o reciente creación, será del 20% de las cantidades invertidas en acciones o participaciones sociales en empresas de nueva o reciente creación, aplicándose en la Declaración de la Renta del inversor, se le suma una deducción fiscal autonómica siempre que la inversión se realice en una entidad del territorio.



 


 

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