FUENTE: COINEM

Una resolución del BOE de 8 de junio de 2022 recoge la modificación del plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2022 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

La Orden PRE/3851/2007, de 10 de diciembre, por la que se establecen los Departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias, en su artículo 6.2, atribuye al titular del Departamento de Recaudación de dicho organismo público la competencia de modificar el plazo voluntario de ingreso de las deudas de notificación colectiva y periódica cuya gestión se realice por la mencionada agencia.

Por todo ello, he acordado dictar la siguiente resolución:

  1. Para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2022, se establece que su cobro se realice a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que a tal efecto se hará llegar al contribuyente. En el supuesto de que dicho documento de ingreso no fuera recibido o se hubiese extraviado, deberá realizarse el ingreso con un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, en el caso de cuotas de clase nacional, o correspondientes a la provincia del domicilio donde se realice la actividad, en el caso de cuotas de clase provincial.
  2. Se modifica el plazo de ingreso en período voluntario del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2022 cuando se trate de las cuotas a las que se refiere el apartado uno anterior, fijándose un nuevo plazo que comprenderá desde el 15 de septiembre hasta el 21 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

Más información (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-9930).

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