FUENTE: COINEM

El Gobierno ha publicado a través del BOE el Real Decreto-ley 19/2022 por el que se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, que modifica el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios.

El endurecimiento de la política monetaria ha traído como consecuencia una línea alcista del euríbor, al que están referenciadas la gran mayoría de las hipotecas españolas. Consecuencia de la subida de los precios de la energía y de los alimentos, marcados por la agresión militar sufrida por Ucrania.

Dicha dinámica alcista tiene un impacto directo y significativo en la situación financiera de las familias con hipotecas a tipo variable. Con este Real Decreto se adoptan una serie de medias tendentes a reforzar la protección del deudor hipotecario vulnerable aliviando la carga financiera de la clase media con riesgo de vulnerabilidad ante la subida de los tipos de interés. Lo que llevamos de año un incremento de unos 330 puntos básicos.

Los umbrales de exclusión, en términos generales, se sitúan en dos referencias:

  • Que el conjunto de ingresos de la unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM, en 2022 es 579,02 euros mensuales) anual de 14 pagas. Incrementado a cuatro veces de existir una discapacidad superior al 33%.
  • Que en los últimos cuatro años al momento de solicitud, la unidad familiar haya sufrido alteración significativa de sus circunstancias económicas, en término de esfuerzo de acceso a la vivienda (familias numerosas, monoparentales, o con hijo menor de edad, que incluya discapacitados con grado superior al 33%, que exista en la unidad familiar víctimas de violencia de género, en deudor mayor de 60 años, que la cuota hipotecaria sea superior al 50% de los ingresos, etc.).

Para ello, se recogen nuevos niveles de esfuerzo hipotecario excesivo:

  • Esfuerzo hipotecario superior al 50%: Reducción del tipo de interés aplicable del Euribor menos 0,10%. Y una carencia del principal de 5 años.
  • Esfuerzo hipotecario inferior al 50%: Carencia del principal de 2 años con alargamiento hasta 7 años.
  • Entre otras mejoras para el deudor hipotecario incluido dentro del umbral de exclusión estarían:
  • Posibilidad de solicitar la dación en pago durante 24 meses desde la solicitud de reestructuración, antes eran 12 meses.
  • Suspensión, durante un año, del cobro de las compensaciones y comisiones de las hipotecas a tipo variable cuando se realiza una amortización anticipada. Reduciéndolo del 0,15% al 0,05%.
  • Reducción de los aranceles (notariales) en las escrituras de novación hipotecaria existirá un mínimo de 10 euros y un máximo de 30 euros. Mientras en la inscripción de hipotecas el rango se sitúa en un mínimo de 10 y un máximo de 20 euros.
  • Los derechos notariales por cancelación, en los casos de dación en pago, se reducirán en un 50%.
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