A la Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria (Sefac) no le gusta la última reforma de la Ley de Garantías en vigor desde el 30 de junio.

Han tenido más de un mes para revisar con detalle las implicaciones que conlleva para la farmacia comunitaria la última modificación de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos en relación a la dispensación no presencia de medicamentos y productos sanitarios.

La Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria (Sefac) ha estudiado los dos párrafos que concentran la última modificación de la ley y ha llegado a la conclusión de que no les convence.

Por varios motivos, el primero y principal se centra en el papel que la reforma reserva a la farmacia hospitalaria, "relegada a ser una mera entrega de medicamentos", según apunta la sociedad en un comunicado difundido este martes, 8 de agosto.

Entrega y dispensación

"Desde Sefac consideramos que la dispensación no presencial de medicamentos y productos sanitarios en la farmacia comunitaria no debe relegarse a ser una entrega de medicamentos como dispone esta modificación, sino como su nombre indica, a una dispensación término de gran importancia cuando se trata de mejorar la seguridad del paciente en relación con el uso correcto y racional de los medicamentos".

Sin embargo, la norma señala a la farmacia hospitalaria como "responsable" de todo el proceso de la entrega y del "seguimiento farmacoterapéutico" del medicamento de dispensación hospitalaria en su modalidad "no presencial".

Lo que, a juicio de la Sefac, es "un error". Razonan que "la responsabilidad de la dispensación y el seguimiento, en modalidad presencial o no, debe ir asociada a la entrega, puesto que la entrega es la última parte del proceso de la dispensación, y por tanto no se debería disociar".

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