FUENTE: COINEM

El Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ha dado cuenta de la variación en las retenciones para trabajadores por cuenta ajena por subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta 15.876,00 €/año.

El objetivo de este RD es evitar la retención (o ingreso a cuenta) en los salarios que no superen el SMI, afectando tanto a sueldos y salarios como a cualquier otro tipo de rendimiento del trabajo (como prestaciones por desempleo, pensiones), viéndose afectado los rendimientos del trabajo hasta el importe de 19.747,50 €/año.

El cuadro que resume la situación:

  1. Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente. Se trata del contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente con descendientes, cuando tenga derecho a la reducción establecida en el artículo 84.2.4º, de la Ley de Impuesto para unidades familiares monoparentales.
  2. Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas. Se trata del contribuyente casado, y no separado legalmente, cuyo cónyuge no obtenga rentas anuales superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas.
  3. Otras situaciones

a)El contribuyente casado, y no separado legalmente, cuyo cónyuge obtenga rentas superiores a 1.500 euros, excluidas las exentas.

b)El contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente, sin descendientes o con descendientes a su cargo, cuando, en este último caso, no tenga derecho a la reducción establecida en el artículo 84.2.4.º de la Ley del Impuesto por darse la circunstancia de convivencia a que se refiere el párrafo segundo de dicho apartado.

c) Los contribuyentes que no manifiesten estar en ninguna de las situaciones 1.ª y 2.ª anteriores.

Una vez definida la situación en la que se ubica el contribuyente, se puede calcular la retención aplicable en el siguiente enlace de la AEAT: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/R240/index.zul

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