El organismo respalda que los laboratorios impongan un importe libre

FUENTE: Cinco Días

Es una práctica que colea en los tribunales y competencia desde hace más de una década. Y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acaba de escribir un nuevo capítulo que ofrece cierta tranquilidad a las empresas farmacéuticas, aunque previsiblemente el conflicto siga el curso en la Justicia. Este organismo ha avalado la validez del sistema de doble precio de los medicamentos y lo ha realizado por segunda vez, ya que anteriormente había archivado el caso y el Supremo obligó a reabrirlo.

La CNMC falla de nuevo dando validez a un contrato entre el laboratorio Pfizer y el mayorista Cofares –líder del sector de la distribución a farmacias–, ante la denuncia de otro mayorista llamado Spain Pharma. El organismo avala que los laboratorios pueden disponer de dos precios para los fármacos: uno para el Sistema Nacional de Salud y otro para el mercado libre, destinado fundamentalmente a la exportación, lo que se conoce como comercio paralelo. Este último importe es más caro y lo que frena es que los distribuidores compren a precio intervenido y luego lo vendan más caro en otros países. Ya lo había confirmado en 2009, pero la Justicia le enmendó la plana.

“La Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo se mostraron en contra de este sistema de doble precio y pidió a la CNMC que volviese a pronunciarse sobre este tema, ya que consideraba que impedía al comercio paralelo”, señala Competencia en Baker &McKenzie. Es decir, que los tribunales veían en este sistema una barrera en el libre mercado para los mayoristas.

Pero la clave para la CNMC es que el laboratorio no impone voluntariamente el sistema de doble precio, sino que existe un importe de inferior valor que está intervenido por la Administración pública. Competencia entiende que Pfizer establece un único precio que luego se ve obligado a rebajar por el intervenido, una vez que los distribuidores demuestran que el medicamento ha sido dispensado en territorio nacional.

Por tanto, declara no acreditado que el sistema del laboratorio estadounidense suponga una conducta prohibida por el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia. Recuerda, de hecho, que el precio libre es determinado individualmente por cada laboratorio, en el ejercicio de su libertad de empresa. Como explica la propia resolución, la denuncia proviene de Spain Pharma, un pequeño almacén distribuidor de medicamentos que cuenta con la actividad de exportación paralela como principal actividad y que se vio perjudicado por ese contrato. Para esta información no se pudo localizar a ningún responsable de este mayorista.
“Estos mayoristas exportan medicamentos desde España a otros países de Europa con precios más caros, por lo que incluso tienen que volver a etiquetarlos en otros idiomas. Por eso les interesa comprar al precio intervenido. Si los adquieren a un importe superior, no les sale rentable”, afirma Montserrat Llopart, socia del departamento farmacéutico de Baker &McKenzie. “Esta resolución da tranquilidad a las empresas sobre la política de doble precio que han implantado”, añade.
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