Con este convenio se establecen las normas para la dispensación, facturación y cobro de los medicamentos y productos sanitarios prescritos con cargo a ASEPEYO

El Presidente del MICOF, Jaime Giner, y el Director del Área Valencia-Castellón de ASEPEYO, César Bort, han firmado hoy en la sede del MICOF, un convenio de colaboración por el que se establecen las normas que regirán a partir del día de hoy la dispensación, facturación y cobro de toda clase de medicamentos y productos sanitarios prescritos con cargo a la mutua ASEPEYO.

En cuanto a la dispensación de los medicamentos y productos sanitarios, esta se llevará a cabo por parte de las Oficinas de Farmacia establecidas legalmente para el servicio público en la provincia de Valencia, ámbito geográfico de actuación del MICOF.

Este servicio se prestará mediante la presentación de las recetas extendidas por ASEPEYO a favor de los trabajadores de sus empresas mutualistas o a favor de los trabajadores autónomos adheridos que hayan sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Para ello, las recetas deberán ser extendidas en los impresos oficiales confeccionados por ASEPEYO para tal fin.

De esta manera, el farmacéutico solo se responsabilizará de la correcta dispensación de la receta, de adherir los cupones precinto de los medicamentos dispensados en el espacio destinado al efecto y de consignar sus datos en la misma, así como la fecha de dispensación.

Las oficinas de farmacia entregarán todas las recetas dispensadas al MICOF para su facturación en plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de la dispensación. En el siguiente mes el MICOF presentará una facturación resumen general a ASEPEYO, que pagará al MICOF el importe de dichas facturas.

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